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Ley
de Servicios de la Sociedad de la Información y Comercio Electrónico Ámbito de aplicación territorial Objeto y aplicación de la LSSI Obligaciones a empresas y particulares Infracciones y sanciones La entrada en vigor de la Ley 34/2002,
de 11 de julio, de Servicios de la Sociedad de la Información
y del Comercio Electrónico (LSSI), ha supuesto la obligación
de cumplimiento de una serie de requisitos para todas aquellas empresas
o particulares que realicen comercio a través de Internet. Sin embargo, el legislador justifica la promulgación de esta ley basándose en la necesidad de protección que los consumidores tienen a la hora de llevar a cabo negocios en la red. Así pues, la finalidad esta norma es proteger a los internautas y a los usuarios. El objeto de la LSSI es indicar el régimen jurídico de la contratación electrónica, las obligaciones de los prestadores de servicios y de las empresas, así como exponer las condiciones para que tales servicios sean válidos. Se ocupa, de igual forma, de establecer el régimen sancionador. Esta Ley es aplicable a diferentes sujetos: Por actividad económica de comercio electrónico, se entienden todas aquellas actividades que comprenden desde la publicidad o promoción de productos o servicios, hasta la venta y servicio de atención a los consumidores tras la distribución de lo adquirido. De un modo más concreto, podemos afirmar que la LSSI se aplica a actividades tales como la contratación de bienes y servicios de manera electrónica, envío de comunicaciones comerciales por parte de las empresas, subastas electrónicas, tiendas virtuales, y cualquier tipo de servicios solicitado por los usuarios, que represente actividad económica. Es imprescindible señalar el ámbito de aplicación territorial de la Ley 34/2002, de 11 de julio, de Servicios de la Sociedad de la Información y del Comercio Electrónico. Así pues, deberán atender a esta Ley los prestadores de servicios establecidos en España, aquellos prestadores no establecidos en España pero que tienen establecimiento permanente en España y prestan desde nuestro país sus servicios, los prestadores de servicios establecidos en un estado miembro de la Unión Europea y cuyo destinatario se encuentra en España, o bien los prestadores de servicios no establecidos en España, pero que en base a un Convenio Internacional se les aplica la LSSI. Aunque no se exige ninguna autorización previa para prestar servicios por medio de Internet, es necesario no atentar contra la salud pública, el orden público, la seguridad o la dignidad personal. En lo referente a las obligaciones que las empresas y particulares deben cumplir nos encontramos con: - Registro del nombre de dominio o dirección
de Internet. La LSSI es una ley con disposiciones muy estrictas, que establece sanciones económicas muy elevadas, dependiendo del tipo de infracción cometida. En cuanto a las infracciones, se pueden distinguir tres tipos: Leves: Graves: Muy graves: Las multas previstas en la LSSI, según el tipo de infracción cometida, son las que se detallan a continuación: Leves: hasta 30.000 euros. Por último, la prescripción es la siguiente: Infracciones: Sanciones:
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